Una de las ventajas de emigrar a España en pareja son las facilidades que existen al momento de gestionar la residencia de la misma, y es que la mayoría de las residencias permiten que tu pareja pueda emigrar contigo, o posteriormente con un permiso de residencia e incluso, en algunos casos con permiso de trabajo. 

Y seguro te estarás preguntando si se trata solo para parejas formalizadas como esposos, pero para ello lo primero que debemos definir es que en España se pueden clasificar tres tipos de parejas, y en este artículo explicaremos cómo puede tu pareja residir contigo en función de tu estatus en territorio español.

👩‍❤️‍👨 Tipo de pareja

Existen tres formas de clasificar a las parejas de residentes en España, estas son:

  • Cónyuge: cuando el extranjero es esposo/a de un ciudadano comunitario o residente en España. Esto se deberá acreditar a través del certificado de matrimonio, si este ha sido registrado en España se solicitará una literal de matrimonio, de lo contrario el documento extranjero deberá estar debidamente apostillado. 
  • Pareja registrada: es cuando ambas personas viven juntas y tienen una relación estable y aunque no se encuentran casados realizan una unión de hecho en España. En este caso, el certificado de unión de hecho será lo que acredite la pareja registrada, en algunas comunidades autónomas se solicita una convivencia previa de al menos un año para llevar a cabo esta unión.
  • Pareja no registrada: aunque la pareja no se encuentra casada o han celebrado la unión de hecho pueden acreditar la relación de más de un año. Normalmente se acredita con propiedades o cuentas en común o cuando existen hijos de por medio.

🇪🇸🇪🇺 Residencias/estancias para parejas de residentes o comunitarios

🇪🇸 Residencia para parejas de españoles

Hasta mediados de 2022, los ciudadanos españoles podían otorgar a sus parejas una residencia con permiso de trabajo por 5 años a través de la residencia por familiar comunitario. Sin embargo, con la última reforma del reglamento de extranjería también es posible otorgar residencia a pareja de españoles bajo la figura del arraigo familiar.

Sobre la residencia por arraigo familiar:

  • Es una autorización de residencia para familiares directos de ciudadanos españoles
  • Otorga un permiso de residencia y trabajo por cuenta propia y ajena por una duración de 5 años
  • No se requiere demostrar medios económicos para otorgarle esta residencia a tu pareja
  • Se deben presentar antecedentes penales de la pareja extracomunitaria
  • Documento que acredite el vínculo con el ciudadano español, en este caso literal de matrimonio o certificado de pareja de hecho.
  • El tiempo como residente del extranjero computa para posteriormente solicitar la nacionalidad por residencia.
  • Luego de 5 años podrá renovar su residencia siempre y cuando aún exista el vínculo con el ciudadano español. De lo contrario te contamos qué debes hacer más abajo en caso de divorcio o separación.

🇪🇺 Residencia para parejas de comunitarios

Los ciudadanos comunitarios, incluidos españoles pueden residir en España con su pareja, ésta obtendrá un permiso de residencia y trabajo por 5 años, prorrogable.

Sobre la residencia por familiar comunitario:

  • Es una autorización de residencia para familiares directos de ciudadanos comunitarios 
  • Otorga un permiso de residencia y trabajo por cuenta propia y ajena por una duración de 5 años
  • Se deben demostrar medios económicos para otorgarle esta residencia a tu pareja
  • Documento que acredite el vínculo con el ciudadano comunitario, en este caso literal de matrimonio o certificado de pareja de hecho.
  • El tiempo como residente del extranjero computa para posteriormente solicitar la nacionalidad por residencia.
  • Luego de 5 años podrá renovar su residencia siempre y cuando aún exista el vínculo con el comunitario. De lo contrario te contamos qué debes hacer más abajo en caso de divorcio o separación.

Como puedes ver las parejas de ciudadanos españoles pueden optar a cualquiera de estas residencias, en ambos casos se obtendrá una residencia prorrogable por 5 años con permiso de trabajo por cuenta ajena o propia. Entonces, ¿Cómo saber cuál es la mejor opción? es simple, todo dependerá de los requisitos que cumples para solicitar cualquiera de las dos. 

4 diferencias entre arraigo familiar y familiar comunitario

📍 Residencia para parejas de residentes

Ahora bien, seguro te estarás preguntando ¿Qué pasa si soy residente en España pero no comunitario? en ese caso también podrías residir en España con tu pareja, pero tendríamos dos supuestos:

👥 Familiar acompañante

Se refiere a aquellos permisos de estancia o residencia que permiten que la pareja del solicitante obtenga también una autorización de residencia en España por la misma duración que la del extranjero solicitante, y aunque el tiempo de residencia con la mayoría computa para la nacionalidad española, no siempre se otorga permiso de trabajo. 

Estas residencias son:

  • Residencia no lucrativa, computa para la nacionalidad pero no otorga permiso de trabajo.
  • Estancia como estudiante, no computa para la nacionalidad ni otorga permiso de trabajo.
  • Nómada digital, el tiempo computa para la nacionalidad pero no otorga permiso de trabajo.
  • Personal Altamente cualificado, computa para la nacionalidad y se otorga permiso de trabajo.

👥 Reagrupación familiar

En este punto nos dirigimos a todos los extranjeros no comunitarios que residen de forma legal en España, y que a través de la reagrupación familiar podrían otorgarle un permiso de residencia y trabajo a sus familiares directos, en los que por supuesto entra su pareja. 

Pero para llevar a cabo la reagrupación familiar el extranjero ya residente en España debe haber superado al menos un año de residencia y tener una residencia en vigor por al menos otro año. 

Sobre la reagrupación familiar:

  • El reagrupante debe carecer de antecedentes penales en España.
  • Disponer de medios económicos para hacerse cargo del familiar a reagrupar, en este caso, la pareja.
  • Disponer de vivienda adecuada para la reagrupación.
  • Contar con seguro de salud público o privado.
  • Acreditar el vínculo del residente con el familiar reagrupante.

En ambos casos, la residencia que recibe la pareja estará ligada a la del extranjero solicitante, por lo que si éste la pierde, su pareja no podrá renovar.

Quiero una asesoría sobre este tema

🗂 Asilo en pareja 

Sí, así como lo lees la solicitud de protección internacional, también conocida como asilo, podría solicitarse en pareja en algunos casos, es una opción a la que se podría optar en especial hoy en día que las citas se encuentran colapsadas.

Repasando un poco el proceso de asilo en España, el primer paso es solicitar cita previa para acudir a la entrevista y así obtener la hoja de resguardo de solicitud de asilo. Esta cita podrá ser la misma siempre y cuando la pareja se encuentre casada y/o con hijos.

Por otro lado, si no existe un documento que acredite la unión estable de la pareja nuestra recomendación es realizar dos citas por separado. Al final, será el funcionario quien tome la decisión de recibir o no, a ambos en la misma cita. 

Proceso de Asilo en España (Guía actualizada 2022) 📌

💔 Si me separo, ¿Qué pasa con mi residencia?

Como hemos especificado anteriormente para renovar tu residencia, debes continuar el vínculo con la persona a través del cual has obtenido la residencia. Entonces, si te separas o divorcias ¿pierdes tu residencia?…

No necesariamente, pero dependerá de cada caso:

🇪🇸🇪🇺 Parejas de españoles o Comunitarios

Debes saber que tienes un plazo de 90 días luego de que te separes o divorcies para notificarlo a extranjería y tendrás dos opciones:

  • Modificar tu residencia a una residencia en régimen general, siempre y cuando la separación se dé antes de los tres años de residencia del extranjero.
  • Podrás conservar tu residencia comunitaria en estos casos:
    – El matrimonio o la situación de pareja registrada ha durado al menos tres años.
    – Has obtenido la custodia de los hijos con el ciudadano de la Unión.
    – Has sido víctima de violencia doméstica o sometido a trata de seres humanos por su cónyuge o pareja.
    – Puedes acreditar la existencia de resolución judicial o mutuo acuerdo sobre el derecho de visita al hijo menor que reside en España.

Y así, una vez caduque la tarjeta de residencia, que sería a los 5 años,  la renovación se hará por residencia permanente y no estará vinculada a la pareja comunitaria como la residencia anterior. 

Residencia permanente en España ¿Qué es y cómo obtenerla?

📍 Pareja de residentes extracomunitarios en España

Como mencionamos anteriormente, en estos casos la residencia de la pareja está ligada a la del extranjero residente en España, por lo que en caso de divorcio o separación lo más recomendable es consultar con un abogado/a especialista en derecho de extranjería para evaluar las posibles opciones según cada caso para mantenerse en el territorio español de forma regular.

🇪🇸 Nacionalidad española para parejas de españoles o comunitarios

Antes de empezar este punto, quiero dejar claro que la nacionalidad se solicita en estos casos por RESIDENCIA, no por ser pareja de un español, comunitario o residente en España. Sin embargo, te explicamos la diferencias en el proceso por ser pareja de españoles o comunitarios.

👩‍❤️‍👨🇪🇸 Parejas de ciudadanos españoles

En este caso, la solicitud de residencia se hace de forma general excepto en el caso de cónyuges, la ventaja que tiene un cónyuge de ciudadanos españoles es que podrán solicitar la nacionalidad por residencia al año de haber obtenido la residencia, sin importar su nacionalidad.

En el caso de parejas, registradas o no, el tiempo de residencia que deben acreditar para solicitar la nacionalidad española dependerá de su nacionalidad.

📍🇪🇸 Parejas de ciudadanos comunitarios o residentes en España

A diferencia de los cónyuges de españoles, las parejas y cónyuges de ciudadanos comunitarios o residentes en España podrán optar a la nacionalidad por residencia una vez cumplan el tiempo de residencia requerido.

⏳ Tiempos de residencia

El tiempo de residencia para que un extranjero pueda optar a la nacionalidad española es de 10 años, sin embargo se reduce en los siguientes casos:

  • 1 año: cónyuges de ciudadanos españoles, nacidos en España, viuda/o de español o descendientes de españoles.
  • 2 años: nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Guinea Ecuatorial, Filipinas o personas de origen sefardí
  • 5 años: quienes obtengan la condición de refugiados

Esto ha sido todo por hoy 🙂

Recuerda que acá abajo tendrás un espacio para dejarnos comentarios y/o consultas, estaremos encantados de responderte y en caso de requerir alguno de nuestros servicios puedes contactarnos directamente por whatsapp +34 692 89 27 76 o por hola@legalizados.es

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Sobre el autor:

Daniela Páez

De mente inquieta y friki del marketing. Responsable de que hoy hayas llegado hasta nosotros y de que la comunicación con el equipo y colaboradores fluya como agua del Orinoco.

Amigo migrante recuerda: No estás solo, estamos juntos en esto 👊

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