
La Campaña de la Declaración de la Renta 2021 inició el pasado 6 de abril y finaliza el 30 de junio del corriente año.
Los contribuyentes deben cumplir con la presentación en este lapso de tiempo (abril-junio), pero no todas las personas están obligadas a realizar la Declaración de la Renta debido a que, en los criterios deben haber ingresos mínimos que hacen obligatoria la declaración en el 2022 o no. Se toma en cuenta el rendimiento en el trabajo, las pensiones, prestaciones por desempleo, las ganancias patrimoniales o rentas inmobiliarias.
Hacienda hizo del conocimiento público una orden que regula la Campaña de la Renta 2021 enseñando los modelos de declaración, como acceder al borrador, como presentarlo y también indica las situaciones en que no es obligatoria la declaración.
Renta web Open: ¿Cómo funciona el simulador de la declaración de la renta en 2022? https://t.co/HaSPi8XiVk pic.twitter.com/VqmKkwY9Oh
— El Periódico (@elperiodico) April 16, 2022
➡️ Quiénes están obligados a presentar la declaración de acuerdo a sus ingresos:
- Los trabajadores que perciben rendimiento en el trabajo superior a 22.000 euros al año.
- Los trabajadores que perciban rendimientos de trabajo procedentes de dos o más pagaderos superiores a 14.000 euros al año y que hayan recibido 1.500 euros o más del segundo y los restantes.
- Aquellas personas con ingresos que procedan de rendimientos del capital mobiliario y/o de ganancias patrimoniales que superan los 1.600 euros brutos al año (siempre que hayan estado sometidos a retención o ingreso a cuenta).
- Aquellas personas cuyos ingresos proceden de rentas inmobiliarias imputadas, rendimientos de letras del tesoro, subvenciones para adquirir vivienda de protección oficial u otras ganancias patrimoniales derivadas de ayudas públicas que superen los 1.000 euros brutos al año de límite conjunto.
- Todas las personas con rendimientos íntegros superiores a 14.000 euros que perciban:
– Pensiones Compensatorias del cónyuge o anualidades por alimentos no exentas
– Cuando el pagador de los rendimientos del trabajo no esté obligado a retener.
– Si se perciben rendimientos íntegros del trabajo sujetos a un tipo fijo de retención.
➡️ Quiénes no están obligados a presentar la declaración:
- Aquellos ciudadanos con rendimientos íntegros del trabajo o del capital y de actividades económicas o ganancias patrimoniales que no superen los 1.000 euros brutos al año en su conjunto.
- Aquellas personas que hayan tenido pérdidas patrimoniales de más de 500 euros.
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