
La ministra del Trabajo definió la nueva ley del teletrabajo como un paso hacia la modernización en España en el ámbito laboral y una palanca para aumentar la productividad en la economía.
El pasado 13 de octubre entró en vigor el Real Decreto-Ley 28/2020 publicado por el BOE el 23 de septiembre acerca del trabajo a distancia.
A partir de hoy 13/10 se pone en marcha la LEY DEL TELETRABAJO 💻 el #teletrabajo es voluntario, reversible y cada empresa debe cubrir gastos relacionados aunque el trabajador lo haga a distancia👇https://t.co/YCXX32xtMr
— Legalizados (@Legalizados_) October 13, 2020
«Esta normativa nos coloca a la vanguardia de las legislaciones europeas»
El Real Decreto hace una diferencia entre lo que es teletrabajo y trabajo a distancia
Trabajo a distancia: «Es una forma de organización del trabajo o de realización de la actividad conforme a la cual se presta en el domicilio del trabajador o en un lugar elegido por este.»
Teletrabajo: «Es el trabajo que se hace a distancia y que se lleva a cabo mediante el uso exclusivo o prevalente de medios y sistemas informáticos, telemáticos y de telecomunicación. Por tal motivo es una forma organizada de la realización de un trabajo utilizando las tecnologías de la información en el marco de una relación laboral.»
[bctt tweet=»El teletrabajo y el trabajo a distancia no es lo mismo, así se establece en el Real Decreto emitido en el BOE del 22 de septiembre sobre la ley del trabajo a distancia que entró en vigor el pasado 13 de octubre» username=»legalizados_»]
El trabajador a distancia tiene la opción de elegir el lugar donde mejor le convenga realizar su trabajo en el espacio de tiempo destinado a la jornada laboral. La realización del trabajo se evalúa de acuerdo a que se cumpla con el objetivo propuesto y no al tiempo que se haya dedicado para hacerlo.
El teletrabajo es de forma ocasional y se realiza en lugares lejos de la empresa pero deben mantenerse conectados utilizando la tecnología para ello. Siempre se debe conservar la igualdad y nunca debe hacerse presente discriminaciones de ningún tipo, es decir, todos los trabajadores tendrán los mismos derechos, los que estén de forma presencial y los que no lo estén.
Para obtener el Real Decreto-ley 28/2020 del 22 de septiembre de trabajo a distancia publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), haz clic aquí.
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