
El Diario Oficial de la Unión Europea publicó el día de ayer la Recomendación 2020/2169 donde queda modificada la Recomendación 2020/912 acerca de la restricción de forma temporal en los viajes no esenciales a la Unión Europea y un posible levantamiento de dicha restricción.
[bctt tweet=»Se modifica la lista de los países que permiten viajes no esenciales a la UE. Dejando por fuera a Uruguay» username=»legalizados_»]
Después de debatir y revisar la lista de terceros países que figuran en el anexo I de la Recomendación del consejo ,se aplicaron criterios y como resultado de los debates realizados se debe modificar la lista de terceros países que figuran en el anexo I y Uruguay se suprime de la lista.
«A partir del 16 de diciembre de 2020, los estados miembros deben levantar gradualmente la restricción temporal de los viajes no esenciales a la UE de forma coordinada para los residentes de los terceros países que figuran en el anexo I.»
Se sustituye por lo siguiente:
«Terceros países y regiones administrativas especiales cuyos residentes no deben verse afectados por la restricción temporal de los viajes no esenciales a la UE a través de las fronteras exteriores»
Estados:
- Australia
- Japón
- Nueva Zelanda
- Ruanda
- Singapur
- Corea del Sur
- Tailandia
- China
Regiones administrativas especiales de la República Popular China:
- Región administrativa de Hong Kong
- Región administrativa especial de Macao
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