Arraigo sociolaboral en España 2025: Paso a paso para solicitarlo

Arraigo Sociolaboral en España 2025: Paso a paso para solicitarlo

Si llevas tiempo en España sin papeles, pero con esfuerzo y responsabilidad, este artículo es para ti ✊

Porque sí desde mayo de 2025, con la reforma del Reglamento de Extranjería, existe una vía legal para regularizarte: el Arraigo Sociolaboral.

Aquí te explico con todo el detalle y sin rodeos qué es, a quién aplica, qué necesitas demostrar y cómo presentar tu solicitud correctamente.

 

 

⁉️¿Qué es el arraigo sociolaboral?

Es una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales que se puede conceder a personas extranjeras que:

✅ Han vivido al menos dos años en España de forma continuada, y

✅ Tengan una  o varias ofertas de trabajo, que sumen al menos 20 horas semanales.

La gran novedad es que ya no necesitas acreditar que has trabajado en el pasado sin contrato

Y sí: esta autorización te permite trabajar legalmente desde el primer día, por cuenta propia o ajena.

El arraigo sociolaboral es el primer paso hacia la nacionalidad española:

¿Sabías que si eres de un país iberoamericano (como Venezuela, Colombia, Perú, Ecuador, Argentina, etc.) solo necesitas 2 años de residencia legal para poder solicitar la nacionalidad española? ✌️

Y lo mejor: el arraigo sociolaboral cuenta como residencia legal desde el día en que se concede.

Es decir, una vez tengas aprobada esta residencia:
  • Ya puedes empezar a contar esos 2 años.

  • Siempre que mantengas la continuidad, en poco tiempo podrías estar iniciando tu expediente de nacionalidad española.

 Lo que hoy parece solo “legalizarte”, mañana puede ser tener tu pasaporte español.

¿Ves por qué es tan importante hacerlo bien desde el principio? ☺️‍️

➡️ ¿Qué cambió en el arraigo laboral con la reforma de mayo 2025?

Antes de mayo de 2025, este permiso se conocía como arraigo laboral. Pero tras la reforma del Reglamento de Extranjería, esta figura fue modificada y rebautizada como Arraigo Sociolaboral, con cambios clave que ahora favorecen mucho más al solicitante:

⬅️ Antes, solo podías solicitar el arraigo laboral si habías trabajado cierta cantidad de tiempo sin contrato legal y podías demostrarlo a través de una inspección de trabajo, una denuncia o una sentencia judicial. Eso dejaba fuera a miles de personas que, aunque trabajaban, no se atrevían a denunciar por miedo o desconocimiento.

Ahora, ya no es necesario haber trabajado sin papeles. El nuevo Arraigo Sociolaboral se basa en el trabajo actual, legal y documentado. Basta con que tengas uno o varias ofertas de trabajo, aunque sean a tiempo parcial, siempre que sumen al menos 20 horas semanales.

‼️ En resumen: pasamos de un modelo punitivo a uno inclusivo, que reconoce tu esfuerzo actual y te permite regularizarte sin tener que pasar por una denuncia laboral.

➡️ ¿Para quién es el arraigo sociolaboral?

Esta opción es para ti si:

✴️ No eres ciudadano de la UE, del EEE ni de Suiza.

✴️ Estás físicamente en España.

✴️ No estás solicitando asilo.

✴️ Has vivido en España de forma continua al menos los últimos 2 años.

✴️ No tienes antecedentes penales ni en España ni en los países donde viviste en los últimos 5 años.

✴️ No figuras como inadmitido en países con convenio con España.

✴️ Tienes una o más ofertas de trabajo actuales, con al menos 20 horas semanales entre todos.

➡️ ¿Cómo presentar el arraigo sociolaboral?

Vía de presentación: 

Puedes hacerlo:

  • Presencialmente, en la Oficina de Extranjería de tu provincia con cita previa.

  • Telemáticamente, desde la sede electrónica del Gobierno con tu certificado digital o el de profesionales (como nosotros).

⚠️ Ojito con este error común (¡y grave!)

Si vas a presentar tu solicitud por tu cuenta, cuidado con los certificados digitales. Uno de los errores más frecuentes (y costosos) es usar un certificado vencido sin darte cuenta. ¿Qué pasa?

  • No puedes acceder a notificaciones oficiales.

  • O peor: sí te notifican y no sabes cómo responder o pagar la tasa, y terminas perdiendo el trámite por no actuar a tiempo

❌ Un simple descuido puede echar por tierra meses (¡o años!) de espera y esfuerzo.

✏️ ¿Consejo? Si no estás 100% seguro de cómo hacer estos pasos técnicos, mejor déjalo en manos de profesionales.

En Legalizados gestionamos tu solicitud con certificado válido, te guiamos con los pagos, plazos y respuestas… y tú te quitas ese peso de encima.

▶️ Que no se te complique ☠️ algo que con ayuda, se puede hacer bien desde el principio.

✍️ Documentos que vas a necesitar:

  • Formulario EX-10, cumplimentado y firmado
  • Tasa abonada modelo 790, código 052
  • Pasaporte completo en vigor
  • Pruebas de que llevas 2 años en España: empadronamiento, citas médicas, trámites públicos, etc.
  • Certificado de antecedentes penales de país de origen y en donde has vivido en los últimos cinco años apostillados y traducidos (si aplica) 
  • Contrato(s) de trabajo en vigor, firmados.
  • Documentos del empleador: CIF/NIF, estatutos, escritura, IRPF, IVA o vida laboral de la empresa.
  • Si tu profesión requiere título, presenta tu formación homologada.

⚠️ ¡Ojo! Si tus documentos vienen de otro país, deben estar legalizados o apostillados, y traducidos por un traductor jurado.

En Legalizados te podemos ayudar con todo el proceso, desde revisar tu caso, ayudarte a reunir los documentos hasta presentar tu solicitud correctamente.

Requisitos de los contratos

✏️ Pueden ser uno o varios contratos, siempre que cumplan con:

  • Estar firmados por ambas partes.

  • Cumplir con el salario mínimo interprofesional (SMI) o lo establecido en convenio, proporcional a las horas.

  • Tener empleadores que estén al día con Hacienda y Seguridad Social.

  • Que el empleador tenga capacidad económica para pagar el salario.

Esto aplica tanto para trabajos estacionales (campo, hostelería, etc.) como para empleos simultáneos en varias empresas.

Reservar asesoría personalizada

✍️ Cuánto se tarda en tener resolución:

En teoría, la administración tiene 3 meses para resolver tu solicitud desde el momento en que se registra.

 Peeero… la realidad es otra, sobre todo en comunidades como Madrid, donde el volumen de solicitudes es altísimo.

▶️ En la práctica, el proceso puede tardar fácilmente 5 a 6 meses, lo hagas tú solo o con un profesional.

Sí, incluso con nosotros en Legalizados.

Y es importante que lo sepas porque por ahí hay quienes prometen resoluciones en “15 días” o “un mes garantizado”… y eso simplemente no es realista.

Ojito con caer en falsas publicidades. La transparencia también es parte del compromiso profesional.

 

¿La diferencia de hacerlo con nosotros?

Que mientras esperas, estás bien asesorado, informado, y todo tu expediente está perfecto desde el inicio, para que no te lo echen para atrás por una tontería. Y eso, créeme, vale tiempo, dinero y tranquilidad.

Contactar a Legalizados

➡️ ¿Ya te concedieron el arraigo sociolaboral? ¡Ahora viene la fase final!

La eficacia del permiso depende de que tu empleador te registre en la Seguridad Social y una vez estés dado de alta, podrás seguir con el proceso de toma de huellas.

⚠️ OJO: NO SE PUEDE RENOVAR, SOLO MODIFICAR A UNA RESIDENCIA DE TRABAJO

➡️ ¿Es el arraigo sociolaboral una buena opción para ti?

Si llevas tiempo trabajando en España y ya no quieres vivir con miedo o incertidumbre, el Arraigo Sociolaboral puede ser tu camino hacia la estabilidad ⭐️

➡️ ¿Y cómo podemos ayudarte en Legalizados?

Aquí no solo te decimos qué hacer, te acompañamos a hacerlo bien.

Revisamos contigo si cumples los requisitos.

Organizamos y revisamos tu documentación.

Te apoyamos en la gestión del informe de arraigo o la justificación de vínculos.

Te guiamos paso a paso para que nada se quede por fuera.

Y todo esto, lo hacemos 100 % online.

Porque migrante, no estás solo. Estamos juntos en esto.

¿Quieres saber si calificas a la residencia de arraigo sociolaboral?

Reserva una asesoría con nuestro equipo y te diremos con claridad y sin rodeos si esta es tu vía ideal

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