Como muchos deben saber, esta semana se volvieron a prorrogar las restricciones de vuelos no imprescindibles a España y la UE, esta vez hasta el 30 de abril. Sin embargo existe una lista de “excepciones” que permiten la entrada de ciertas personas, como los cónyuges de comunitarios. Probablemente te preguntarás, ¿Y si no estamos casados? 🤔, es ahí donde deberás presentar el “Certificado de Apoyo”.
Este procedimiento especial se ha establecido para facilitar la entrada al territorio Español a aquellas parejas de españoles o comunitarios que no se encuentran casadas o registradas.
Así que, si este es tu caso, busca lápiz y papel porque esto es lo que tendrás que hacer, y si no lo es, encuentra más información sobre quienes pueden y quienes no entrar a España aquí.
¿Qué es el Certificado de Apoyo?
Luego de todas las restricciones que se han tomado como consecuencia del COVID 19, en agosto del 2020 el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación junto con el Ministerio de Interior dieron a conocer este procedimiento especial (certificado de apoyo), que deben seguir todas las parejas de ciudadanos españoles y comunitarios no casadas ni registradas que desean ingresar al país.
Este certificado de apoyo tiene como objetivo principal facilitar a dichas parejas extranjeras la entrada al país, habilitando al miembro extranjero exclusivamente para viajar a España.
Este documento es válido para entrar únicamente a España, no es un visado, ni tiene validez de residencia, en caso de querer residir en el país una vez aquí deberán gestionar la residencia correspondiente.
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¿Dónde se solicita el Certificado de Apoyo?
Esta especie de permiso debe ser tramitado por el extranjero y será a través del consulado general de su circunscripción. Deberá solicitar una autorización de entrada ante la consejería de Interior de la Embajada y presentar todos los requisitos.
Este certificado ha sido emitido ya por los consulados españoles de Caracas, Houston, Buenos Aires, Guayaquil, Manila, Rio de Janeiro y Santo Domingo.
Requisitos para el certificado de apoyo
Según el Ministerio la lista de documentos aportados es orientativa, ya que pueden variar según cada caso, es por ello que el consulado evalúa las solicitudes individualmente y sólo se admiten solicitudes de parejas que puedan demostrar con documentos válidos una relación estable con convivencia marital de al menos un año.
En caso de que en la convivencia existan períodos menores a un año la suma de los mismos debe alcanzar el año de convivencia. Aquí te dejamos la lista (no exhaustiva) de los documentos que debe presentar el ciudadano extranjero:
- Copia del pasaporte
- Copia del documento de identidad del ciudadano español o comunitario
- Pruebas que acrediten que el extranjero viaja junto con el comunitario o pretende reunirse con él como acta de manifestación ante notario por parte del ciudadano comunitario o billetes de avión
- Pruebas de la relación duradera y estable, en la que se demuestre la convivencia marital:
- Documentos de autoridades locales donde se demuestre un vínculo duradero (legalizados o apostillados)
- Documentos de autoridades españolas como acreditación de cita para contraer matrimonio o inscripción en el padrón
- Contrato de alquiler en conjunto, facturas conjuntas, bienes en común, titularidad conjunta de cuentas bancarias, invitaciones a eventos familiares
- Toda aquella documentación que sea considerada como prueba para demostrar que se trata de una relación genuina y estable con convivencia acreditada
Cabe destacar que para prueba del vínculo no se considerará prueba suficiente la presentación única de un acta de manifestación ante notario o comunicaciones telefónicas o correspondencia por mail si no se logra comprobar con otros documentos la existencia de la convivencia. Incluso el consulado podrá llamar a una entrevista personal en caso de que se considere necesario.
Este permiso será válido para aquellos nacionales de países que no requieran visados para entrar al territorio español, en este caso se deberá gestionar además la visa correspondiente de familiar comunitario.
Dado el contexto de restricciones provocado por el #COVID19, el @MAECgob, con la colaboración de @interiorgob, ha establecido un procedimiento para la entrada en 🇪🇸 de parejas extranjeras de comunitarios no casadas y no registradas. ⤵️#ViajaSeguro#ViajaConResponsabilidad pic.twitter.com/87NN4cfVqd
— Exteriores (@MAECgob) August 20, 2020
Certificado de apoyo aprobado, ¿Eso es todo?
Este certificado de apoyo no autoriza automáticamente la entrada a España. Y es que las autoridades migratorias en la llegada del aeropuerto son quienes toman la decisión final, por lo que debes presentar a tu llegada la documentación original que se aportó al momento de solicitar el certificado.
Residencia en España por familiar comunitario
Si el plan final es venir a residir definitivamente al país, deberás gestionar una vez estés en territorio español la residencia correspondiente, en este caso sería la residencia por familiar comunitario.
Solicita más información sin compromiso
Con esta residencia podrás vivir y trabajar legalmente en el país e incluso al cabo de unos años como residente solicitar tu nacionalidad española.
Esto ha sido todo por hoy 🙂
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Hola, mi pareja y yo llevamos juntos 1 año y 2 meses de relación, ella iba a venir en marzo del año pasado a España pero no pudo ser porque justo cuando iba a sacar el billete para venir anunciaron el estado de alarma en España y al final no pudo venir. Después de que abrieran fronteras España de salida yo decidí irme un mes en Julio, en Agosto volví a España a trabajar y en Septiembre volví a México para vivir allí los 6 meses que me duro el visado de turismo. Estuvimos viviendo juntos todo este tiempo, no tenemos ningún contrato de alquiler conjunto porque vivíamos en una de las casas de sus padres donde si nos cobraban un alquiler para pagar los gastos mínimos pero sin contrato, y el contrato del Internet únicamente estaba a mi nombre. Hablamos cada día como mínimo 6 horas al día vía Whatsapp. Ella y yo estamos prometidos y queremos saber si con toda esta información podría ella pedir este certificado. Muchas gracias.
Hola ! Una pregunta esto no aplica para las personas con residencia por razones humanitarias ya que mi pareja tiene la primera y esta esperando que le entreguen la segunda
Hola, el año pasado mi hija viajo a madrid esta estudiando actualmente, yo tenia billete para ir pero debido a la pandemia no hemos podido, que puedo hacer apenas ella tiene seguridad social no le han dado respuesta de su residencia