Cuando decidimos emigrar a España son varios los trámites que debemos hacer para poder establecernos en nuestro nuevo país, entre ellos si cuentas con titulación universitaria puedes o debes (ya lo veremos más adelante) según tu profesión realizar la homologación o equivalencia del título, para poder ejercer libremente o cursar estudios superiores.

En este artículo te vamos a explicar en qué consiste cada proceso, quienes lo deben hacer y cómo es el proceso según cada caso.

Así que vamos vamos a teletransportarnos juntos a tu alma mater, toma papel y lápiz que se viene una mega guía completa.

Existen 3 procedimientos para este reconocimiento: Homologación, Equivalencia y Convalidación, los tres procedimientos tienen un mismo fin, que se reconozca en España los estudios realizados en el extranjero, ahora bien, veamos a detalle en qué consiste cada uno:

Homologación 

Un título homologado tiene los mismos efectos académicos y profesionales del título o grado académico español.

Procede la homologación cuando el título se refiere al ejercicio de una profesión de grado o máster regulada. Estas profesiones reguladas se encuentran en el Anexo 1 del Real Decreto 967/2014 de 21 de noviembre, donde se recogen un total de 32 profesiones.

Las profesiones que se pueden homologar son las siguientes:

    • Médico
    • Veterinario
    • Enfermero
    • Fisioterapeuta
    • Dentista
    • Farmacéutico
    • Logopeda
    • Óptico-Optometrista
    • Podólogo
    • Terapeuta Ocupacional
    • Dietista Nutricionista
  • Psicólogo General Sanitario*
    • Ingeniero:
      • de Caminos, Canales y Puertos
      • de Minas
      • Industrial
      • Aeronáutico
      • Agrónomo
      • Montes
      • Naval y Oceánico
      • de Telecomunicación
  • Arquitecto*
    • Ingeniero Técnico:
      • de Minas (en la correspondiente especialidad)
      • Técnico de Obras Públicas (en la correspondiente especialidad)
      • Aeronáutico (en la correspondiente especialidad)
      • Agrícola (en la correspondiente especialidad)
      • Forestal (en la correspondiente especialidad)
      • Naval (en la correspondiente especialidad)
      • Industrial (en la correspondiente especialidad)
      • (en la correspondiente especialidad)
      • Ingeniero Técnico en Topografía
    • Arquitecto Técnico
    • Maestro en Educación Infantil
    • Maestro en Educación Primaria
    • Profesor de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanzas de Idiomas
  • Abogado*
  • Procurador de los Tribunales*

En el caso de los títulos de Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos; Minas, Industrial, Aeronáutico, Agrónomo, De Montes, Naval y Oceánico, y Telecomunicación, se hace un doble paso: se pide la equivalencia del grado y la homologación del máster, es decir, con el mismo título que obtuviste en tu país de origen solicitas dos titulaciones. Es posible homologar a Máster si la carrera de ingeniería tiene al menos cinco años de estudio en su país donde la cursaste.

Equivalencia

Deberán optar a equivalencia aquellos que deseen realizar el reconocimiento de un título relativo a una profesión no regulada (aquellas que no se encuentran en la lista)  Anexo 1 del Real Decreto 967/2014 de 21 de noviembre.

Algunos de estos casos son las carreras de: periodismo, administración y dirección de empresas, arte, Humanidades, Ciencias Biológicas, Ciencias Físicas, Químicas y Geológicas, Matemáticas y Estadísticas, Tecnología de la Información, Ingenierías no mencionadas en las reguladas, Agricultura, Silvicultura, Pesca, Filosofía, Letras.

Es posible homologar una ingeniería que no está regulada a una que sí lo está, pero las autoridades competentes exigirán que en este caso se cursen materias que no se cursaron en la carrera inicial para poder homologar.

A diferencia de la homologación, en la equivalencia, el titular deberá cursar determinadas asignaturas o cursos.

Convalidación

La convalidación por otro lado consiste en reconocer ciertas asignaturas para continuar estudios en un centro docente español.

Procede la convalidación para estudios superiores inconclusos, y las carreras en negritas* contempladas en el anexo Anexo 1 del Real Decreto 967/2014 de 21 de noviembre que corresponden a: Abogado, Procurador de los Tribunales, Arquitecto y Psicólogo General Sanitario, a pesar de que se encuentran reguladas no podrán optar a la homologación, sino que serán objeto de convalidación porque requieren de un máster habilitante para su realización, así como una colegiatura obligatoria.

Para ser profesor de Educación Secundaria Obligatoria, ESO, Bachillerato, Formación Profesional e Idiomas, hace falta realizar un Máster en Pedagogía. Se puede solicitar una equivalencia del título de profesor o de licenciado en educación, pero no servirá para dar clases, para ello deberás hacer el Máster en Pedagogía que tendrá que cursar todo profesional, de cualquier carrera, que desee dictar clases.

En resumen:

Lo antes escrito estará siempre sujeto a la legislación actual, para todos el organismo regulador corresponde al Ministerio de Educación y Ciencia no obstante, la convalidación de estudios parciales extranjeros corresponde a la Universidad española que el interesado haya elegido para proseguir sus estudios.

¿Es necesario homologar un Título Universitario en España?

Este proceso es opcional siendo no necesario para algunas profesiones universitarias, y depende de la profesión para la cual el individuo deba estar colegiado al ejercerla o emplearla. Quienes deben realizarlo:

  • Profesionales del área de salud de manera obligatoria
  • Profesiones donde deba estar colegiado para ejercerla, tal es el caso de arquitectos, ingenieros, abogados
  • Si se van a cursar estudios oficiales superiores, como masters, doctorados
  • Si se va a ejercer en organismos públicos 

Paso a paso de cómo realizar la homologación y/o equivalencia de títulos en España

Requisitos

Tanto para la homologación como para la equivalencia se requieren los mismos requisitos:

Documentación general

  • Copia compulsada del documento que acredite la identidad y nacionalidad del solicitante
  • Copia compulsada del título legalizado y apostillado 
  • Copia compulsada de las notas legalizado y apostillado 
  • Copia compulsada de la certificación académica (programas), en la que consten, la duración oficial en años académicos del plan de estudios seguido, las asignaturas cursadas y la carga horaria total de cada una de ellas expresada en horas o en créditos ECTS (europeos) legalizado y apostillado 
  • Acreditación del pago de la tasa modelo 079

Documentación específica

Si el título corresponde a la profesión regulada de Médico

  • Si el título ha sido obtenido antes de los 6 años previos a la fecha de presentación de la solicitud se deberá presentar, obligatoriamente, documentación acreditativa del ejercicio profesional en condiciones de ejercicio como médico autónomo y no asociado o tutelado, o bien, la formación continuada de, al menos, 3 años dentro de los últimos 5
  • Cuando el titulado resida en otro país diferente al de expedición del título y no pueda acreditar experiencia profesional en los últimos años en el país de titulación, además de los documentos acreditativos del ejercicio profesional como médico autónomo, el interesado deberá aportar la certificación acreditativa de la institución y copia de la homologación de su título que habilite para el ejercicio de la profesión como médico en dicho país de residencia

Si se necesita documentación adicional, te harán el correspondiente requerimiento y deberás aportar en el plazo indicado.

En dónde realizar la compulsa de documentos

Deberás acudir con original, copias e identificación.

En la mayoría de los casos (por no decir todos), se deberá abonar una tasa.

Presentación

1.Hacer la presentación que podrá ser:

– Por internet a través de la web del Ministerio de Educación y una vez hecha podemos hacerle seguimiento a la solicitud con un certificado o clave digital

– Presencialmente descargando el formulario para títulos universitarios oficiales para grado académico español y presentándolo junto con los documentos en cualquier registro público de la Administración General del Estado o de la Comunidad Autónoma correspondiente

Es importante tomar en cuenta que en la Web se habla de copias compulsadas, lo cual significa que se deben llevar las copias y originales para ser verificadas por el funcionario que reciba la documentación. Cuando la solicitud se hace online los documentos deben ser escaneados, pero posteriormente se deben llevar las copias compulsadas.

2.Esperar la resolución. Esto puede tardar varios meses.

3.Recibiremos una notificación, la cual puede tener tres tipos de respuestas:

🟢 La homologación de nuestro título en el extranjero al título correspondiente

🟠 La homologación condicionada, en el caso de necesitemos cumplir algunos requisitos formativos complementarios, los cuales serán indicados en la misma notificación para obtener la homologación final del título

🔴 La denegación de la homologación, en el caso de que el expediente no cumpla con todos los requisitos solicitados

Observaciones que debes tomar en cuenta a la hora de realizar el trámite de homologación y/o equivalencia en España

  • El plazo de presentación de las solicitudes está abierto de forma permanente, por lo tanto quiere decir que lo podrás tramitar en cualquier momento
  • No es necesario ser residentes legales en España para poder realizar este trámite, podemos incluso, dejar un poder a familiar o amigo para que realice por nosotros el trámite y no perder tiempo
  • Estos procesos puedes gestionarlo tú mismo, no necesitarás contar con la ayuda de un profesional 
  • Recuerda que elegir bien la universidad resulta crucial ya que podrán ayudarte a que tu proceso sea favorable
  • La documentación se debe entregar mediante COPIAS COMPULSADAS jamás en originales (debes llevar los originales para que el funcionario valide la documentación, pero no los dejas. Ojo con esto)
  • Los datos del Ministerio de Educación revelan que la media para el trámite era de unos 9 meses en 1999, no obstante, la tendencia ha ido en el sentido contrario y se ha casi triplicado hasta llegar a los niveles actuales donde se superan los 16 y 18 meses

Como te hemos comentado en este punto, el proceso de homologación/equivalencia puede ser bastante lento, si eres profesional de las carreras que deben obligatoriamente estar convalidadas para su ejercicio, te recomendamos iniciar este proceso con tiempo, puedes, como te lo hemos indicado iniciarlo sin ser residente, incluso sin encontrarte en España.

Para mayor información te dejamos enlace sobre el procedimiento oficial, publicado en el Ministerio de Educación y Ciencia.

Ver procedimiento oficial

Esto ha sido todo por hoy 🙂

Recuerda que acá abajo tendrás un espacio para dejarnos comentarios y/o consultas, estaremos encantados de responderte y en caso de requerir alguno de nuestros servicios puedes contactarnos directamente por whatsapp +34 699 85 55 78 o por hola@legalizados.es

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Sobre el autor: Daniela Páez

De mente inquieta y friki del marketing. Responsable de que hoy hayas llegado hasta nosotros y de que la comunicación con el equipo y colaboradores fluya como agua del Orinoco.

 

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