¿Sabías que existe una tarjeta de residencia de larga duración? Esta autorización pueden solicitarla residentes en España no comunitarios que cumplan con cierto tiempo de residencia legal en el país.
Debes saber que no será una extensión de tu residencia actual, lo que significa que en caso de que tu residencia dependa de tu pareja, como es el caso de familiar comunitario, con esta residencia no será así, y en caso de que exista una separación, tu residencia en España no se verá afectada.
Además, la renovación de esta residencia de larga duración, consiste en renovar tu tarjeta de residencia, sin necesidad de volver a presentar documentos y requisitos ante extranjería como lo es para otras residencias.
Así que, para explicarte este proceso con detalle, empecemos desde el principio:
¿Qué es la residencia permanente o de larga duración?
Es una autorización de residencia de larga duración a la que pueden optar ciudadanos no comunitarios, luego de cierto tiempo como residentes legales en España para residir y trabajar en España indefinidamente y en las mismas condiciones que los españoles.
Normativas que regulan la residencia de larga duración
- Ley Orgánica 4/2000, de 11 de Enero sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y su Integración Social (artículo 32).
- Real Decreto 1155/2024, de 19 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social (artículos 182 a 185).
Requisitos para obtener la residencia de larga duración
- No ser ciudadano de un país miembro de la Unión Europea
- No encontrarse de forma irregular en España
- Carecer de antecedentes penales tanto en España, como en el país de origen o países en los que haya residido anteriormente
- No figurar como rechazable en países con los que España tenga convenio y no tener prohibida la entrada al territorio español
- No encontrarse en un plazo de compromiso de no retorno a España
Aunque existen muchos supuestos para obtener la residencia de larga duración, en este artículo nos centraremos en aquellos ciudadanos que han residido en España durante 5 años continuos previos a la solicitud.
Continuidad del tiempo para la residencia de larga duración
La continuidad no se verá afectada por:
– Ausencias del territorio español de hasta seis meses continuados, siempre que la suma no supere diez meses dentro de los cinco años. Si es por motivos laborales no podrá superar el total de dieciocho meses dentro de los cinco años requeridos
– Ausencias del territorio español por causas de fuerza mayor debidamente justificadas, siendo el órgano competente en resolver el encargado de valorar de forma individualizada si existe una situación excepcional que justifique dichas ausencias.
– La vinculación medite una relación laboral del titular de la autorización a organizaciones no gubernamentales, fundaciones o asociaciones, inscritas en el registro general correspondiente y reconocidas oficialmente de utilidad pública como cooperantes, y que realicen para aquéllas proyectos de investigación, cooperación al desarrollo o acción humanitaria, llevados a cabo en el extranjero.
-
- Ser residente beneficiario de una pensión de jubilación contributiva, incluida dentro de la acción protectora del sistema español de la Seguridad SociaI. Igualmente, ser residente beneficiario de una pensión de incapacidad permanente absoluta o de gran invalidez, en su modalidad contributiva, incluida dentro de la acción protectora del sistema español de la Seguridad Social o de prestaciones análogas a las anteriores obtenidas en España y consistentes en una renta vitalicia, no capitalizable, suficiente para su sostenimiento.
- Ser residente y haber nacido en España y que, al llegar a la mayoría de edad, hayan residido en España de forma legal y continuada durante, al menos, los tres años consecutivos inmediatamente anteriores a la solicitud.
- Haber sido español de origen y haber perdido la nacionalidad española.
- Ser residente que al llegar a la mayoría de edad haya estado bajo la tutela de una entidad pública española durante los cinco años inmediatamente anteriores de forma consecutiva.
- Ser apátrida, refugiado o beneficiario de protección subsidiaria, encontrarse en territorio español y haberle sido reconocido el respectivo estatuto en España o en otro Estado miembro de la UE.
- Haber contribuido de forma notoria al progreso económico, científico o cultural de España, o a la proyección de España en el exterior. En estos supuestos, corresponderá al titular del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones la concesión de la autorización de residencia de larga duración, previo informe del titular del Ministerio del Interior.
Documentos para obtener la residencia de larga duración
- Planilla EX-11 cumplimentada y firmada
- Copia del pasaporte completo
- Tarjeta de residencia
- Documento acreditativo de escolarización de menores a su cargo (si aplica)
- Contrato de trabajo, alta de autónomo o medios económicos suficientes
- Tarjeta sanitaria o seguro medico privado
- Tasa 790 código 052
Procedimiento para solicitar la residencia de larga duración
- Se podrá presentar la solicitud de forma presencial en cualquier registro público y dirigido a la oficina de extranjería de la provincia donde resida, de manera telemática o a través de profesionales.
- A partir del momento de la solicitud, extranjería cuenta con un plazo de 90 días para emitir una resolución. (Existen diversos factores que influyen en el tiempo de respuesta de los expedientes de extranjería)
- Una vez se obtenga la resolución favorable deberás acudir a la toma de huellas para obtener tu tarjeta de residencia de larga duración
Prepara correctamente tus documentos para presentaciones telemáticas [Guía práctica]
Expedición de tarjeta
- Deberás acudir a tu cita de de toma de huellas con:
- Pasaporte
- Volante de empadronamiento
- Planilla EX-17
- Tasa 790 código 012
- Fotografía reciente, en fondo blanco
¿Debo esperar que mi residencia se venza para solicitar la residencia de larga duración?
En función de tu residencia, podrás renovar o modificar hasta 60 días antes o 90 días después del vencimiento de tu TIE, la residencia por familiar comunitario, por su parte, permite renovar o modificar hasta 30 días antes o 90 días después.
Nuestra recomendación es, en caso que quieras obtener la residencia permanente o de larga duración, introducir el expediente lo antes posible, es decir, 60 o 30 días antes de que tu TIE caduque (según sea tu caso).
¿Una vez obtenga la residencia de larga duración no debo volver a renovar?
Aunque al escuchar “residencia permanente o de larga duración” es lógico pensar que no tendremos que volver a renovar, lo cierto es que la tarjeta no tiene un tiempo indefinido.
La residencia de larga duración o residencia permanente tiene una duración de 5 años, si vienes de un régimen general. En el caso de régimen comunitario, como es el caso de la residencia por familiar de comunitario, la validez de esta residencia será de 10 años, en lugar de 5.
Una vez pasado este plazo, la renovación consiste en ir nuevamente a la toma de huella y expedir una nueva tarjeta.
[box type=»bio»] Al renovar esta residencia no podrás hacerlo días antes, deberás esperar unos días después de que tu TIE haya caducado.[/box]
Este proceso en sí es bastante simple porque no se trata de renovar el status legal, sino el documento físico (TIE).
Aunque para la renovación no te exigen demostrar la residencia continuada en España, las ausencias en el territorio español de más de un año completo y consecutivo podrán ser causa suficiente para no renovar tu documento.
Residencia permanente en España si soy familiar de comunitario
Como mencionamos anteriormente, en el caso que solicites la residencia de permanente y pertenezcas al régimen comunitario, la validez de tu tarjeta será de 10 años en vez de 5.
Para ello, es importante que sepas que en los últimos 5 años no puedes tener ausencias de más de 10 meses en el territorio español.
Y aunque la unión con el ciudadano comunitario desaparece (como es el caso de un divorcio) podrás continuar con tu tarjeta de larga duración sin problema.
¿Qué pasa si la unión desaparece antes de solicitar la residencia de larga duración?
Ya sabemos que la tarjeta de residencia de familiar comunitario tiene una validez de 5 años, pasado este tiempo podrás optar a la residencia de larga duración. Ahora bien, si esta unión desaparece (divorcios o disolución de pareja de hecho), tendrás dos opciones:
- Si tienes más de 3 años con el vinculo y 1 año residiendo en España con la residencia de familiar comunitario: en este caso podrás mantener esa tarjeta y solicitar la residencia permanente.
- Si tienes menos de 3 años con el vinculo, la residencia de familiar de comunitario: deberás modificar tu residencia a una que no esté ligada al ciudadano comunitario.
Mantenimiento o cambio de la tarjeta de residencia comunitaria por divorcio/separación
¿Qué es mejor, residencia permanente o nacionalidad?
Te preguntarás, por qué optar a la residencia de larga duración cuando en España puedes optar a la nacionalidad.
Lo cierto es que aunque para muchos casos puede optar a la nacionalidad española con dos años de residencia (como los ciudadanos de países Iberoamericanos por ejemplo), el tiempo de residencia legal en líneas generales es de 10 años para optar a la nacionalidad.
Otro motivo es que, en función de la nacionalidad, deberás renunciar a ella al obtener la española, por lo que para aquellos que quieran conservar su nacionalidad, es suficiente con tramitar la residencia de larga duración.
Ahora bien, ten en cuenta que al solicitar la nacionalidad española, no tendrás un límite de tiempo para salir del territorio español como pasa con la residencia.
¿Cuánto tiempo puedo estar fuera de España sin perjudicar mi residencia o nacionalidad?
¿Qué pasa si me quiero mudar de España?
Si no solicitaste la nacionalidad española por cualquier motivo, existe una residencia permanente-UE. Aunque exigen más requisitos que la residencia de larga duración. Con ella podrás mudarte a otro país de la UE y ser residente legal allí.
En este caso, los requisitos extras a aportar son:
- Demostrar una situación laboral estable
- Medio económicos suficientes
- Contar con seguro de salud
Esto ha sido todo por hoy
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Sobre el autor:
Daniela Páez
De mente inquieta y friki del marketing. Responsable de que hoy hayas llegado hasta nosotros y de que la comunicación con el equipo y colaboradores fluya como agua del Orinoco.[/author_info] [/author]
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